Las empresas no se librarán de las exigencias de documentación de la Agencia Tributaria en las operaciones intragrupo, ya que la Inspección podrá pedir los documentos que justifiquen las transacciones previas al 19 de febrero de 2009 -momento a partir del cual se introdujeron legalmente las obligaciones de documentación del Real Decreto 1.793/2008-, pero que se renuevan de forma automática. Continue Reading
El artículo 19 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (redacción dada por RD 1793/2008, de 3 de noviembre), establece la documentación a presentar por los grupos de sociedades, salvo que cumplan con lo previsto en el artículo 108 de la Ley del Impuesto. Continue Reading
El pasado 19 de febrero entró en vigor el desarrollo reglamentario de la Ley 36/2006, de medidas de prevención del fraude fiscal, en lo referente a las obligaciones de documentar las transacciones efectuadas entre partes y empresas vinculadas con el fin de probar que se han realizado a precios de mercado. Esta nueva obligación, ineludible si no se quiere asumir el riesgo de enfrentarse a las elevadas sanciones previstas en la norma, implicará para las empresas un sobreesfuerzo, no sólo porque sus departamentos financieros deberán recabar información exhaustiva sobre cuestiones que hasta ahora quedaban alejadas de su interés más mediato, sino sobre todo porque deberán incurrir en costes extraordinarios que, en muchos casos y dada la actual coyuntura económica, no podrán asumir.
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