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Nueva normativa

Publicado 3 Feb 2009 por admin en Legislación | No hay comentarios

Con respecto al Impuesto sobre Sociedades, por la nueva normativa se dispone que siempre las operaciones efectuadas entre personas o entidades vinculadas se valorarán por su valor normal de mercado. Para la determinación del valor normal de mercado, la norma exige efectuar un análisis de comparabilidad. La nueva normativa establece que las personas o entidades vinculadas deberán mantener a disposición de la Administración tributaria la documentación que se establezca reglamentariamente. Actualmente dicho reglamento esta en preparación. No obstante entendemos que pese a dicha ausencia normativa, las operaciones efectuadas entre empresas vinculadas deben ir documentándose lo mejor posible, principalmente en vista a posibles comprobaciones inspectoras, que puedan referirse a operaciones efectuadas a partir de 1 de diciembre de 2006. Dicha documentación, además del contrato suscrito entre las partes vinculadas, deberá sustentar el valor de mercado, en función del método de valoración elegido y de los criterios de comparabilidad.

Con respecto a la nueva Reforma Contable, vigente a partir de 1 de enero de 2008, para evitar posible el posible ajuste secundario, debe procurarse en las operaciones vinculadas la coincidencia del “valor convenido entre las partes” con el “valor de mercado” y el “valor razonable”. Asimismo, en la nueva memoria a presentar se incorpora un apartado específico destinado a las operaciones con partes vinculadas, el cual es muy laborioso y debe ir preparándose con tiempo para poder incluirlo en las próximas cuentas anuales del ejercicio correspondiente al año 2008, actualmente en curso.

No debemos olvidar la existencia de un régimen sancionador en caso de incumplimiento de estas nuevas obligaciones.

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